Servicios
Ofrecemos, en función de las necesidades del cliente, una amplia e integrada gama de productos y servicios capaces de adaptarse a los requerimientos del cliente.

Colombia

S3 CACEIS Colombia S.A., Sociedad Fiduciaria («S3 CACEIS») tiene por objetivo proveer servicios a Inversionistas de Portafolio Extranjeros (IPE) e Inversionistas Locales de Portafolio (ILP), de acuerdo con las actividades que se definen en el Decreto 119 de 2017 y en el Libro 37 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010, respectivamente.

Sobre nosotros

En Agosto de 2017 se constituyó S3 CACEIS Colombia S.A., Sociedad fiduciaria, regida por las normas Colombianas, con una gran proyección para entrar al mercado de Valores y convertirse en uno de los Custodios de inversionistas Globales más importantes en Colombia, actuando también en el mercado local, dando cumplimiento a los decretos nacionales que han obligado a los Fondos de Inversión Colectiva a tener un Custodio para el cumplimiento de sus operaciones.

CACEIS Bank Spain SAU está preparando un portafolio ampliado de servicios para ser el aliado estratégico de los clientes globales que inviertan en el Mercado de Valores de Colombia, contando con el apoyo y respaldo financiero del Grupo Santander a nivel Nacional con el Banco Santander de Negocios Colombia y a nivel mundial donde el grupo tenga presencia.

S3 CACEIS ha desarrollado sistemas de Operaciones propios con la conectividad requerida y altos estándares de calidad, desarrollados con un equipo gestor experto en la Industria con experiencia en España, México y Brasil, capitalizando la experiencia y el conocimiento, demostrado en las empresas del grupo Santander.

Qué nos diferencia

Posicionamiento
 

  • Creación de S3 CACEIS Colombia Sociedad Fiduciaria, entidad especializada en servicios de post-trade con organización front-to-back

Mercado Objetivo

  • Soluciones de post-trade para clientes institucionales: custodios globales, bancos de inversión y privados, broker dealers, asset managers, compañías de seguros, fondos de pensiones y entidades gubernamentales

Compromiso con el negocio de Servicio de Valores

  • Inversión en talento: contrataciones senior de líderes de la industria
  • Inversión significativa en Tecnologia: plataforma de última generación
  • Solución flexible adaptada a las necesidades del cliente

Experiencia e influencia de nuestro equipo

  • Influyente contribución en la toma de decisiones de la industria en el mercado colombiano: ayudamos a nuestros clientes a alcanzar sus objetivos en un complejo panorama regulatorio

Nuestros servicios

Actividad que consiste en actuar como Administrador y Apoderado del Inversionista de Portafolio del Exterior, para todas las inversiones que realice en Colombia.

S3 CACEIS en su calidad de Custodio de Valores, actuará siguiendo las normas que regulan la actividad de Custodia y las actividades encomendadas como Apoderados de los IPE en Colombia. En tal sentido, S3 CACEIS ejercerá las actividades relativas a:

  • La administración y Representación Legal del IPE en Colombia
  • La salvaguarda de los activos adquiridos por los IPE en el mercado público de valores colombiano
  • La salvaguarda de los activos adquiridos por los IPE listados en el sistema de cotización de valores del extranjero
  • La compensación y Liquidación de Operaciones
  • La administración de Derechos Patrimoniales
  • La representación de Derechos Políticos
  • Las obligaciones Tributarias
  • Las obligaciones Cambiarias
  • Las obligaciones de información deba suministrar a las autoridades cambiarías o de inspección, vigilancia y control
  • Las demás obligaciones que señale la autoridad inspección, vigilancia y control en ejercicio de sus facultades

Actividad que consiste ejercer el cuidado y la vigilancia de los valores* y recursos en dinero del Inversionista Local de Portafolio (ILP) para el cumplimiento de operaciones sobre dichos valores.

S3 CACEIS en su calidad de Custodio de Valores, actuará siguiendo las normas que regulan la actividad de Custodia de Valores. En tal sentido, S3 CACEIS ejercerá las actividades de custodia, dependiendo del vehículo de inversión a custodiar, prestando como mínimo los servicios Obligatorios definidos por norma así:

  • Servicios Obligatorios
  • Salvaguarda de valores
  • Compensación y liquidación de operaciones
  • Administración de derechos patrimoniales
  • Servicios Obligatorios para Fondos de Inversión Colectiva (FIC)

Además de los servicios obligatorios presentados anteriormente, en el caso de custodia sobre valores pertenecientes a los FIC, S3 CACEIS verificará el cumplimiento de las normas del reglamento, así como de los límites, restricciones y prohibiciones legales aplicables a las operaciones del FIC que versen sobre los valores custodiados, siguiendo los lineamientos establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia en cuanto de las situaciones de Abstención al cumplimiento de instrucciones y en todo caso, realizando el Reporte a la misma Superintendencia Financiera, el Autorregulador del mercado de Valores Colombiano y la Junta Directiva de la Sociedad Administradora del respectivo FIC, en los tiempos y forma en que determinen, de las situaciones identificadas como incumplimientos y abstención de cumplimiento de operaciones, en desarrollo de las actividades de Custodia encomendadas.

  • Servicios Complementarios

Adicionalmente a los servicios Obligatorios presentados anteriormente, siempre que S3 CACEIS provea estos servicios, se podrá pactar la prestación de:

    • Administración de derechos políticos

Otros servicios Complementarios y Especiales permitidos por la normatividad local vigente estarán disponibles con posterioridad siempre que sean demandados por los ILP, SC Colombia sea el proveedor de los Servicios Obligatorios a estos portafolios y los mismos, hayan sido aprobados en los procesos internos correspondientes. A continuación, se listan los mencionados servicios:

    • Valoración
    • Transferencia temporal de valores
    • Obligaciones Fiscales
    • Obligaciones Cambiarias
  • Servicios Especiales
    • Valoración del portafolio del FIC y sus participaciones
    • Contabilidad del fondo de inversión colectiva custodiado

Ley 964 de 2005:

Artículo 2. Concepto de valor. Para efectos de la presente ley será valor todo derecho de naturaleza negociable que haga parte de una emisión, cuando tenga por objeto o efecto la captación de recursos del público, incluyendo los siguientes: a) Las acciones; b) Los bonos; c) Los papeles comerciales; d) Los certificados de depósito de mercancías; e) Cualquier título o derecho resultante de un proceso de titularización; f) Cualquier título representativo de capital de riesgo; g) Los certificados de depósito a término; h) Las aceptaciones bancarias; i) Las cédulas hipotecarias; j) Cualquier título de deuda pública.

Parágrafo 1°. No se considerarán valores las pólizas de seguros y los títulos de capitalización.

Parágrafo 3°. Lo dispuesto en la presente ley y en las normas que la desarrollen y complementen será aplicable a los derivados financieros, tales como los contratos de futuros, de opciones y de permuta financiera, siempre que los mismos sean estandarizados y susceptibles de ser transados en las bolsas de valores o en otros sistemas de negociación de valores. Los productos a que se refiere el presente parágrafo solo podrán ser ofrecidos al público previa su inscripción en el Registro Nacional de Valores y Emisores.

Es el servicio que S3 CACEIS presta a los ILP para las inversiones en valores de emisores del exterior o nacionales que se adquieran y permanezcan en el extranjero y que por su naturaleza sean susceptibles de ser custodiados. Éstos se mantendrán en su totalidad, en custodia en bancos extranjeros certificados por parte de S3 CACEIS, atendiendo los procedimientos globales.

Los servicios que ofrecemos para clientes de Custodia de Valores en el Exterior son:

  • Salvaguarda de Valores
  • Compensación y Liquidación
  • Administración de Derechos Patrimoniales
  • Administración de Derechos Políticos
  • Reportes
  • Alivios tributarios y reclamaciones